1. El primer paso es pedir el certificado de últimas voluntades (Ministerio de Justicia).
  2. El certificado indica si hay testamento y en qué notaría está otorgado.
  3. La copia del testamento se solicita directamente al notario que lo autorizó.
  4. Solo pueden pedirla quienes acrediten interés legítimo (herederos, legatarios).
  5. Si no hay testamento, se tramita la declaración de herederos ante notario.

Antes de tramitar cualquier herencia en Lleida, hay que saber si el fallecido dejó testamento y, si lo hizo, dónde está. El testamento no se entrega automáticamente a la familia: hay que seguir un proceso para localizarlo y obtener la copia oficial.

El primer paso siempre es el certificado de últimas voluntades, que emite el Ministerio de Justicia y que indica si la persona fallecida otorgó testamento y ante qué notario. Sin este certificado, no puede saberse si hay testamento ni dónde está.

Este proceso puede parecer burocrático, pero es ordenado y tiene plazos razonables. Conocerlo de antemano evita demoras innecesarias al principio de la tramitación.

El servicio de testamentos en Lleida incluye la gestión de este proceso inicial y el análisis del contenido del testamento.

Paso 1: El certificado de últimas voluntades

El certificado de actos de última voluntad (comúnmente llamado certificado de últimas voluntades) es el documento que acredita si una persona fallecida otorgó testamento y, en su caso, ante qué notario y en qué fecha.

Lo emite el Ministerio de Justicia a través del Registro General de Actos de Última Voluntad. Para solicitarlo:

  • Deben haber transcurrido al menos 15 días hábiles desde la fecha de fallecimiento.
  • Hay que presentar el certificado de defunción literal del Registro Civil.
  • El solicitante debe ser heredero u otra persona con interés legítimo acreditado.

Puede solicitarse en línea a través de la sede electrónica del Ministerio de Justicia, en las gerencias territoriales o en los Registros Civiles. El plazo de obtención suele ser de pocos días.

Paso 2: Obtener la copia del testamento

Si el certificado indica que hay testamento, hay que contactar con el notario que lo autorizó (que aparece en el certificado) para solicitar la copia autorizada. Los documentos necesarios son el certificado de defunción y el certificado de últimas voluntades.

El notario verificará la identidad del solicitante y su condición de heredero o persona con derecho reconocido. Si todo es correcto, expedirá la copia en un plazo razonable.

Si hay varios testamentos

Una persona puede haber otorgado varios testamentos a lo largo de su vida. El válido es siempre el último cronológicamente. El certificado de últimas voluntades indica todos los testamentos registrados, pero el notario solo expide copia del más reciente (a menos que haya razones específicas para pedir los anteriores).

¿Necesitas localizar y obtener el testamento?

Gestionamos el certificado de últimas voluntades y la copia notarial para empezar la tramitación sin demoras.

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Imagen interna 4/3 Certificado de últimas voluntades y copia de testamento sobre mesa de despacho.

Si no hay testamento: la declaración de herederos

Si el certificado indica que no hay testamento, la herencia se rige por las reglas de la sucesión intestada del Código Civil de Cataluña. Para acreditar quiénes son los herederos, se tramita un acta notarial de declaración de herederos.

En esta acta, el notario verifica el árbol familiar mediante el libro de familia, certificados de nacimiento, matrimonio y defunción de los familiares más cercanos, y dos testigos que acrediten que los declarados son los únicos herederos.

El notario competente es generalmente el del último domicilio del fallecido o el del lugar de ubicación de la mayor parte de los bienes.

Si el notario ya no ejerce o ha fallecido

Los protocolos notariales (donde se archivan los testamentos) se conservan indefinidamente. Cuando un notario cesa, jubila o fallece, su protocolo se transfiere a otro notario o al Archivo Notarial del Colegio de Notarios de Cataluña.

El certificado de últimas voluntades indica siempre el notario autorizante. Si ese notario ya no está activo, el propio Colegio de Notarios puede indicar quién custodia actualmente ese protocolo.

Errores frecuentes

  • Solicitar el certificado antes de los 15 días hábiles desde el fallecimiento, que es el plazo mínimo para que esté registrado.
  • Asumir que el familiar tiene el testamento original cuando en realidad el original está en el protocolo del notario.
  • Confundir el certificado de últimas voluntades con el certificado de defunción.
  • No solicitar el certificado de contratos de seguros de cobertura de fallecimiento, que puede revelar seguros vinculados al fallecido.

Empieza la herencia localizando el testamento

Tramitamos el certificado de últimas voluntades y la copia notarial para empezar la herencia sin demoras.

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Fuentes oficiales

Justicia Certificado de últimas voluntades

Trámite oficial del Ministerio de Justicia.

BOE Código Civil de Cataluña

Sucesión testada e intestada en Cataluña.

Notariado Colegio Notarial de Cataluña

Localización de protocolos y notarios activos.

ATC ISD Cataluña

Documentación necesaria para el impuesto de sucesiones.

Cómo puede ayudarte Herencias Lleida

Gestionamos el certificado de últimas voluntades, obtenemos la copia del testamento y analizamos su contenido para iniciar la tramitación sin demoras.

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Preguntas Frecuentes (FAQs)

El certificado de últimas voluntades se solicita en el Ministerio de Justicia (o en el Registro Civil del Ayuntamiento donde se tramitó el fallecimiento). Puede pedirse en línea a través de la sede electrónica del Ministerio o presencialmente. Se necesita el certificado de defunción y haber transcurrido 15 días hábiles desde el fallecimiento.
Los herederos, los legatarios y cualquier persona que acredite un interés legítimo pueden solicitar la copia del testamento ante el notario autorizante, presentando el certificado de últimas voluntades y el certificado de defunción.
Si el certificado indica que no hay testamento, se tramita la declaración de herederos ante notario. Esta acta acredita quiénes son los herederos legales según el Código Civil de Cataluña (cónyuge, hijos, etc.).
No, si el solicitante acredita un interés legítimo (heredero, legatario, persona con derecho reconocido en el testamento). El notario está obligado a expedirla en plazo razonable.
El certificado de últimas voluntades puede obtenerse en días si se gestiona bien. La copia del testamento suele expedirla el notario en pocas semanas. En conjunto, el proceso suele poder completarse en 3 a 6 semanas desde el fallecimiento.
Los protocolos notariales se conservan y se transfieren a otros notarios o al Archivo Notarial del Colegio de Notarios cuando el notario original cesa. El Colegio de Notarios de Cataluña puede informar de dónde está el protocolo concreto.